lunes, 16 de julio de 2012

Desechos de Pan como una Alternativa Energética


DESECHOS DE PAN COMO UNA ALTERNATIVA ENERGÉTICA


1.     INTRODUCCIÓN    
  
El presente artículo tiene por objeto determinar las posibilidades del manejo de un residuo de carácter orgánico para su uso energético, mediante técnicas de tratamiento y valoración energética de biomasa.
Para tal efecto, se ha considerado el estudio de los residuos derivados de la elaboración del pan, así como de los excedentes no comercializados de este producto que, en la generalidad de los casos, se destinan a usos diversos, sin que exista un aprovechamiento de las propiedades energéticas que este producto naturalmente posee.
La viabilidad de utilizar los desechos de los establecimientos panificadores como una alternativa energética sustentable radica en la constatación de que actualmente no existen en la materia  pruebas empíricas ni informes que permitan formular recomendaciones o alternativas  de un uso eficiente de estos residuos, los cuales son generalmente desechados, o comercializados como subproductos de poco valor, para diversos fines, sin que estos constituyan una opción económica que pueda ser replicada a una mayor escala.
Para realizar una comparación, se puede señalar que  los poderes caloríficos del petróleo diesel n°2, de gas licuado de petróleo, de gas natural y de pellet de madera son respectivamente 42.960(kJ/kg de combustible), 47.720(kJ/kg de combustible), 47.855(kJ/kg de combustible) y 14.651(kJ/kg de combustible).
El precio del pellets en la temporada de invierno 2010 fue $150/kg. Por tanto, cada Kg de pellets contiene 4.9 Kwh de energía. El costo de la energía de pellets es $30/kwh, en comparación por ejemplo con
la electricidad tiene un valor de $110/kwh de energía, y en sobreconsumo puede llegar a $168/kwh.


De acuerdo a los antecedentes presentados, es evidente que los residuos del pan presentan importantes ventajas comparativas respecto de los otros combustibles utilizados, ya que éste, al igual que el pellet, no es un combustible fósil, es de igual manera más económico, es un residuo que no contiene aditivos, contiene bajo contenido de humedad, no tóxico, ni presenta riesgos de explosiones. Entonces es perfectamente posible agregar pan procesado sin mayores costos.

2.     DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

La pérdida que obtienen las panaderías acarrea consecuencias no solo desde el punto de vista económico, sino, también implica una problemática desde el punto de vista sanitario, debido a dificultades con su manejo, desecho y aparición de vectores, (costos indirectos adicionales).
En este contexto corresponde plantear y analizar la posibilidad de destinar el producto desechado a alguna función que revierta algún beneficio eficiente y efectivo para las panaderías. En específico se plantea la hipótesis, de que dadas las propiedades inherentes al pan, este pueda ser reutilizado ya sea directa o como parte de un compuesto, es decir, si es mejor utilizar el pan no comercializado directamente sin procesar, procesado de alguna forma, o mezclado con otro material, por ejemplo prensarlo para su utilización.
Objetivo General: Determinar si el residuo generado por las panaderías, específicamente el pan no comercializado, es susceptible de ser utilizado como una fuente de energía alternativa.
Objetivos Específicos: Reducir el volumen de residuo generado por el pan no comercializado; disminuir la presencia de vectores, como por ejemplo, roedores; darle utilidad a un producto de desecho; generar innovación en el área energética.

3.     RESULTADOS ESPERADOS

Tras la aplicación de alguna metodología para la comprobación de las propiedades energéticas del pan que, en conjunto con el pellet de madera, por las características explicadas anteriormente, se puede optar a la reutilización con fines industriales de dichos residuos.

De  comprobarse la hipótesis planteada, se posibilitará su réplica en la industria, modificando los procesos existentes y logrando en teoría resultados de mejora y eficiencia tanto en materia de métodos de producción y rendimientos económicos.

Todos aquellos aspectos científicos de carácter más específicos, que si bien, han sido esbozados pero no acreditados de manera certera en el presente informe deberán ser pormenorizados en un estudio específico tendiente a determinar la manera de producción y comercialización de la idea que en este artículo se propone.

Ahora bien, sin perjuicio de los resultados positivos que podrían ser arrojados de la comprobación empírica, cabe señalar que siempre será necesario evaluar las complicaciones que podría presentar la combustión de este pan en cuestión, por lo que se deberá realizar las mismas mediciones que establece la ley para la utilización de pellet de madera (CH3-A, para medición de CO; CH-5, isocinético para material particulado). De todas maneras se esperaría que, no hubiera mayor problema con las concentraciones permitidas, ya que se espera una similitud con las emanaciones generadas por el pellet.



Alejandra Paz Goic Pizarro,
Ingeniero Ambiental.






















Estudios de Impacto Ambiental y Azorella compacta Phil. (Llareta)

Actualmente, la aprobación de Estudios de Impacto Ambiental se ha puesto cada vez más complejo debido a un sinnúmero de factores. Entre ellos podemos mencionar la aprobación de Proyectos muy complejos y polémicos como Hidroaysen y Central Castilla, la presencia cada vez más activa de las comunidades y ONGs y por último, el momento político, siendo este año, uno de elecciones, existen muchos personajes que quieren ganar votos fácilmente oponiéndose a todo lo que pueda ser polémico sobretodo a nivel social.

Este panorama ha hecho que los servicios estén cada vez más estrictos en las revisiones de los Estudios de Impacto Ambiental, sobre todo en lo que respecta a las compensaciones, mitigaciones o reparaciones.

En este sentido, un ejemplo de ello es la especie denominada Azorella compacta phil. conocida como llareta.  Ésta, ha estado en el centro de la polémica debido a que actualmente se encuentra clasificada como “Vulnerable” de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 51/2008 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia y además está incluida en el listado de flora terrestre del Decreto Supremo N° 68/2009 del Ministerio de Agricultura.

La Llareta, es una especie endémica. Corresponde a un arbusto perteneciente a la familia Apiaceae, el cual se presenta como un cojín verde muy compacto y duro, cuyas flores son de pequeño tamaño, de color amarillo con 5 pétalos. Aunque parezca increíble, botánicamente es un pariente lejano de la zanahoria. Ambas pertenecen a la misma familia (Apiaceae).

Esta especie está adaptada a la vida dura de la puna alta, dominada por el frío, la sequía y la radiación solar alta, crece muy lentamente. Un metro cuadrado de Llareta puede demorar siglos en desarrollarse.

La Llareta fue sobrexplotada durante muchos años, lo que la llevó casi a la extinción. Fue utilizada desde campesinos de las alturas hasta mineras artesanales o del salitre, quienes la aprovechaban como leña, ya que tiene muchas resinas y, por lo tanto, muy alto valor calórico.
 
  Fotografía N°1: Ejemplar adulto de Azorella compacta Phil


La normativa actual aplicable indica que para todas las especies y unidades de vegetación identificadas en el Área de Influencia de un Proyecto, se deberá efectuar una evaluación para determinar si ellas se encuentran en alguna categoría de conservación según o en el caso de las formaciones vegetacionales corresponden o no a formaciones xerofíticas

De acuerdo con Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), la aplicación del Art. 6: “El titular deberá presentar un estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”, literal m: “el estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extensión, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas”.

La categoría de conservación se determina de acuerdo a lo señalado en la clasificación de especies del reglamento de la Ley de Bases de Medio Ambiente, establecida en los Decretos Supremos Nº 151 (MINSEGPRES, 2007), Nº 50 (MINSEGPRES, 2008), Nº 51 (MINSEGPRES, 2008) Nº 23 (MINSEGPRES, 2009)D.S. N°33 (Ministerio del Medio ambiente,2011), D.S. Nº 41 (Ministerio de Medio Ambiente, 2011) y D.S. Nº 42 (Ministerio de Medio Ambiente, 2011).

Para aquellas especies no consideradas en los decretos supremos, se debe recurrir a lo mencionado en el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile (CONAF, 1989), en cumplimiento a lo mencionado en artículo 2° transitorio de la Ley 20.283, excluyendo las especies que en este documento se catalogan a nivel regional, según lo normado en Resolución Nº 586 emitida por la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal (CONAF, 2009).

En el caso de formaciones vegetacionales, se deberá evaluar si se requiere elaborar y presentar de forma sectorial ante la Dirección Regional de la CONAF de la Región correspondiente de forma posterior a la evaluación ambiental, un Plan de Trabajo de Formaciones Xerofíticas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, el que preceptúa que: “La corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas requerirán de un plan de trabajo previamente aprobado por la Corporación Nacional Forestal, el que deberá considerar las normas de protección ambiental establecidas en el Título III de esta ley”, y de conformidad a los criterios establecidos en el artículo 3 del D.S. Nº 93/2008 del Ministerio de Agricultura.

En este contexto, el artículo 2, Nº 14, de Ley Nº 20.283, define a la formación xerofítica como una “Formación vegetal, constituida por especies autóctonas, preferentemente arbustivas o suculentas, de áreas de condiciones áridas y semiáridas ubicadas entre las Regiones I y VI, incluidas la Metropolitana y la XV y en las depresiones interiores de las Regiones VII y VIII”.

Conforme a lo dispuesto en el mencionado artículo, para estar en presencia de formaciones de este tipo se deben reunir copulativamente los siguientes requisitos:

·         Debe tratarse de una formación vegetal.
·         Debe estar constituida por especies autóctonas (o nativas).
·         Las especies autóctonas (o nativas) en un área deben ser preferentemente arbustivas o suculentas.
·         Debe ubicarse en áreas áridas o semiáridas de las regiones I a VI, RM, XV o en las depresiones interiores de las Regiones VII y VIII.

El mismo Artículo 2, Nº 13, define las especies nativas o autóctonas (haciéndolas sinónimos) como “Especie arbórea o arbustiva originaria del país, que ha sido reconocida oficialmente como tal mediante decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Agricultura”.

Con fecha 02 de diciembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 68/2009, del Ministerio de Agricultura que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2, Nº 13, de la Ley 20.283, establece, aprueba y oficializa la nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país, de forma tal que en dicho decreto se establece un listado de las especies autóctonas o nativas de Chile.

De lo anterior, se tiene que aquellas especies que no se encuentran incluidas en dicho listado, no son originarias del país, y por ende, no son autóctonas o nativas para efectos de la aplicación de la ley 20.283. En este sentido, como se señaló anteriormente, la presencia de alguna de las especies incluidas en la nómina o listado constituye un requisito legal esencial para que una determinada formación vegetacional sea calificada como xerofítica de acuerdo a la Ley 20.283, toda vez que ésta debe estar constituida por, a lo menos, una especie autóctona o nativa( ).

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del D.S. Nº 93/2008 del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, es obligatoria la presentación y aprobación previa por parte de CONAF, de un plan de trabajo para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, cuando tales formaciones reúnan la totalidad de las siguientes condiciones:

·         Superficie mayor o igual a una hectárea;
·         Un ancho mínimo de 20 metros para las formaciones ubicadas al norte del río Elqui y de 40 metros para aquellas ubicadas al sur del señalado río;
·         Presencia de una o más especies nativas , de carácter xerofítico; y
·         Densidad mínima de individuos xerofíticos, suculentos o arbustivos, con o sin presencia de árboles aislados, de 300 individuos por hectárea en la zona comprendida entre el sur del río  Elqui y el límite norte de la Región de Valparaíso o de 500 individuos por hectárea desde la Región de Valparaíso hasta la Región del Biobío, incluida la Región Metropolitana de Santiago. Tratándose de estas últimas regiones, los individuos en estado adulto deberán tener una altura mínima de un metro.

En la zona comprendida desde el río Elqui y hasta el límite norte del país, no se considerará la condición de densidad mínima para las formaciones xerofíticas.

En el evento que el Proyecto llegase a intervenir alguna de las unidades calificadas como formaciones xerofíticas, concurriendo la totalidad de las condiciones establecidas en el artículo 3 del D.S. Nº 93/2008 del Ministerio de Agricultura, será necesario elaborar un Plan de Trabajo de acuerdo a lo establecido en artículo Nº 60 de la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Como se mencionó anteriormente y de acuerdo a lo expresado en los párrafos anteriores, la Llareta se encuentra en Categoría de Conservación como “Vulnerable” y a la vez está citada en el D.S. N°68/2008 por lo dependiendo de su densidad en la unidad de vegetación donde se encuentre presente se deberá generar un Plan de Trabajo. Además, la intervención de superficies con presencia de flora terrestre en categoría de conservación se califica como un impacto negativo, directo e irreversible.

Actualmente, gran parte de los Proyectos mineros que pretenden desarrollarse en la zona precordillerana, principalmente de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama como ampliaciones (Fases) o nuevos Proyectos, se desarrollan en áreas donde habita esta especie y que por ende, se verían afectados algunos individuos por las actividades y obras de estos Proyecto.

Esto ha hecho que gran parte de estos Proyectos al ingresar al Sistema de evaluación Ambiental con Estudios incorporen en el Capítulo 3 correspondiente a “Evaluación de Impactos” a la Llareta como uno de los impactos significativos y por ende sea evaluada en el Capítulo 4 “Predicción y Evaluación de Impactos Ambientales”.

En el Capítulo 3 de un Estudio de Impacto Ambiental se identifican y evalúan los impactos ambientales asociados a la ejecución de un Proyecto, con el objetivo de establecer la magnitud e implicancias de estos impactos sobre las variables o componentes ambientales relevantes en el área del Proyecto.

La predicción y evaluación de impactos ambientales se realiza sobre la base de la consideración de los efectos, características y circunstancias a que se refiere el Artículo 11 de la Ley Nº 19.300 y de los Artículos 5 al 11 del Reglamento del SEIA.

Por otro lado, en el Capítulo 4 se describe las medidas de carácter ambiental, que contempla aplicar el Titular con el propósito que el Proyecto se lleve a cabo de manera sustentable, es decir de manera compatible con el medio ambiente, logrando reducir los impactos potenciales adversos significativos. Comprende un Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación, según corresponda, describiendo los planes y acciones  que se adoptarán para eliminar o minimizar, reparar y/o compensar los efectos adversos al medio ambiente, originados por las obras y acciones que contempla el Proyecto.

Los objetivos de las medidas de mitigación, restauración, compensación son los que se indican a continuación:

Las Medidas de Mitigación tienen por finalidad evitar o disminuir los impactos ambientales negativos y significativos identificados a partir de la evaluación de impacto ambiental. Estas comprenden acciones y recomendaciones tendientes a minimizar o evitar el efecto adverso de una obra o actividad sobre algún elemento del medio.

Las Medidas de Compensación tienen por finalidad producir o generar un efecto positivo alternativo y equivalente a un efecto ambiental adverso significativo. Dichas medidas incluyen, donde es pertinente, el reemplazo o sustitución de los recursos naturales o elementos del medio ambiente afectados. Estas medidas se establecen sobre la base de la evaluación de los efectos relevantes o potencialmente significativos que han hecho pertinente la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

Las Medidas de Reparación y/o Restauración tienen por finalidad reponer uno o más de los componentes o elementos del medio ambiente a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al impacto causado o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas. Las medidas de reparación sólo se llevarán a cabo en las áreas o lugares en que se presenten o generen los efectos adversos significativos que resulten de la ejecución o modificación del Proyecto.

Si bien hasta hace un tiempo atrás los Estudios de Impacto Ambiental que presentaban como medidas de mitigación/compensación la recolección de germoplasma y estudios de propagación de Llareta eran aceptados, hoy ya no, debido a que éstos no han tenido resultados positivos, a excepción de la etapa de propagación.  En el caso de la etapa de transplante desde el vivero al terreno, no ha sido exitosa y las plantas no han sobrevivido.

Expuesto lo anterior, vale la pena hacer algunas reflexiones y la siguiente pregunta, ¿Que tendrán que hacer las mineras con sus Proyectos, si la autoridad no acepta como medida de mitigación/compensación los estudios de Llareta?.

Según mi parecer, se debería seguir investigando y por lo tanto realizando estudios, ya que el éxito futuro para el conocimiento de esta especie, así como el de muchos otros estudios en el tiempo ha pasado muchas veces por ensayo y error.  No debe descartarse que en alguno de ellos, a corto o mediano plazo, se identifique la forma correcta de transplantar esta especie y se produzca un porcentaje alto de prendimiento en terreno.

Por otro lado, obviamente en forma paralela de deberá buscar otras maneras de compensar, por ejemplo desarrollar un Sistema de Información geográfica (SIG) asociado a la distribución de esta especie en la precordillera de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama.

Otras compensaciones nuevas o innovadoras podrán ir apareciendo en el tiempo, pero por ahora, no pueden de alguna forma hacer que la autoridad se cierre y no se abra al dialogo y pongan en jaque el desarrollo de Proyectos Mineros ya que si bien como todas las actividades generan impactos, también generar externalidades positivas como la creación de puestos de trabajos.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ARCADIS CHILE.  2012.  Estudios de Impacto Ambiental.

CORPORACIONNACIONAL FORESTAL (CONAF). 1989. Libro rojo de la flora terrestre de Chile. I. Benoit Ed. Santiago de Chile. 157 pp.

MINISTERIO DE AGRICULTURA (MINAGRI). 2008. Ley Nº 20.283. Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Dictada el 11 de julio de 2008; publicada en el Diario Oficial el 30 de julio de 2008.

MINISTERIO DE AGRICULTURA (MINAGRI). 2009. Decreto Supremo Nº 68 del 14 de agosto de 2009; publicado en el Diario Oficial el 2 de diciembre de 2009: Establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país.

MINISTERIO DE AGRICULTURA (MINAGRI). 2008. Decreto Supremo Nº 93 del 26 de noviembre de 2008; publicado en el Diario Oficial el 5 de octubre de 2009: Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA (SEGPRES). 2008. Decreto Supremo Nº 51 del 24 de abril de 2008; publicado en el Diario Oficial el 30 de junio de 2008.

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA (SEGPRES). 1994. Ley 19.300: Bases Generales del Medio Ambiente. Promulgada el 1 de marzo de 1994; publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994.

Aporte de Ramón Leva Cordero




Fitotecnología para la recuperación y revalorización de RILES y Aguas ácidas derivadas de faenas mineras.


En nuestro país la actividad minera es una de las principales fuentes de desarrollo económico, generando empleo, progreso y divisas para nuestro país, sin embargo la extracción de Cobre genera Residuos Industriales Líquidos (RILES), con alto contenido de iones Sulfatos y metales pesados como: Cadmio, Plomo, Arsénico, Hierro, Manganeso, entre otros. En algunos de los casos estos RILES pueden ser descargados a cursos de agua superficial y subterránea, los cuales pueden generan agentes contaminantes en sistemas hídricos alterando así el ecosistema y equilibrios naturales.[1]


Fitorremediación de las aguas provenientes de los Tranques de Relaves.
Considerando el impacto ambiental de esta fuente generadora de RILES, se proponen nuevas aproximaciones a los procesos de reutilización de las aguas en procesos mineros, por lo tanto ha sido trascendental la incorporación de agentes biológicos, como plantas o microorganismos que tienen la capacidad de secuestrar y retener metales pesados. Con el fin de convertirse en una alternativa interesante para la solución ambiental. Esta solución no demanda mayor esfuerzo económico en construcción, ni gran consumo energético.


Mediante un proyecto Innova CORFO “Sistema biológico para la recuperación de aguas residuales y aguas ácidas derivadas de faenas mineras” [2] , con la colaboración de la empresa Alemana Bioplanta, como también Codelco Norte, se ha podido llevar a cabo una gestión ambiental que ha sido desarrollada por investigadores de la Facultad de Química y Biología de la Universidad de Santiago de Chile, el cual se proponen como objetivo principal el diseñar e implementar a nivel piloto semi-industrial un sistema de tratamiento biológico tipo Wetland, con características de anaerobiosis parcial mediante bacterias reductoras, para disminuir el contenido de Sulfatos y metales pesados por debajo los límites permitidos en el Decreto Supremo 90.

Actualmente la planta piloto semi - industrial se encuentra en construcción y una vez terminada se espera realizar: pruebas in situ, estudios de Caudal, diversificar las plantas, y analizar la remoción de contaminantes, con el fin de optimizar el funcionamiento del sistema para implementar a nivel industrial un sistema de tratamientos de aguas residuales provenientes de mineras.
Con ese conocimiento, se estaría en condiciones de ofertar una tecnología que nos permitiría trabajar con mayores caudales, lo que significa plantas de mayor tamaño o varias plantas funcionando en forma simultánea.

Referencias:
[1] Pelígros geoquímicos: Arsénico de origen natural en las aguas, Javier Lillo Grupo de Estudios de Minería y Ambiente http://www.ucm.es/info/crismine/Ambiente_Serena/Tema_As.htm
[2] http://www.fitotecnologia.cl/

APORTE
Guillermo Espinoza Vergara








La Huella del Agua


El rápido Crecimiento económico ha generado un continuo aumento de la demanda de recursos entre ellos el agua, el más importante.


Los habitantes utilizan una gran cantidad de agua para beber, cocinar y lavar. Pero utilizan todavía más en la producción de bienes tales como alimentos, papel, prendas de algodón, etc. La huella hidrica es un indicador de uso de agua que tiene en cuenta tanto el uso directo como indirecto por parte de un consumidor o productor. La huella hidrica de un individuo, comunidad o comercio se define como el volumen total de agua dulce que se utiliza para producir los bienes y servicios consumidos por el individuo o comunidad así como los producidos por los comercios.



El interés por la huella hídrica se origina en el reconocimiento de que los impactos humanos en los sistemas hídricos pueden estar relacionados, en última instancia, al consumo humano y que temas como la escasez o contaminación del agua pueden ser mejor entendidos y gestionados considerando la producción y cadenas de distribución en su totalidad. Los problemas hídricos están a menudo íntimamente relacionados con la estructura de la economía mundial. Muchos países han externalizado significativamente su huella hídrica al importar bienes de otros lugares donde requieren un alto contenido de agua para su producción. Este hecho genera una importante presión en los recursos hídricos en las regiones exportadoras, donde muy a menudo existe una carencia de mecanismos para una buena gobernanza y conservación de los recursos hídricos. No solo los gobiernos sino que también los consumidores, comercios y la sociedad en general pueden jugar un papel importante para alcanzar una mejor gestión de los recursos hídricos.

Como se mide:
La huella de agua se puede calcular para cualquier grupo definido de consumidores (por ejemplo, individuos, familias, pueblos, ciudades, provincias, estados o naciones) o productores (por ejemplo, organismos públicos, empresas privadas o el sector económico). La huella de agua es un indicador geográfico explícito, que no solo muestra volúmenes de uso y contaminación de agua, sino también las ubicaciones. Sin embargo, la huella de agua no proporciona información sobre cómo el agua consumida afecta positiva o negativamente a los recursos locales de agua, los ecosistemas y los medios de subsistencia. La huella hídrica o huella del agua, clasifica las fuentes de agua, es decir, distingue entre tres componentes: el agua azul, el agua verde y el agua gris. La huella de agua azul es el volumen de agua dulce consumida de los recursos hídricos del planeta (aguas superficiales y subterráneas). La huella del agua verde es el volumen de agua evaporada de los recursos hídricos del planeta (agua de lluvia almacenada en el suelo como humedad). La huella de agua gris es el volumen de agua contaminada que se asocia con la producción de los bienes y servicios. Este último puede ser estimado como el volumen de agua que se requiere para diluir los contaminantes hasta el punto de que la calidad del agua se mantiene en o por encima de las normas acordadas de calidad del agua.
Las unidades en las que trabajan estos indicadores dependen del tipo de sector al que se le mide la huella hídrica.

Así, por ejemplo, la huella hídrica una copa de vino X puede medirse en [litros/copa], representando la cantidad de agua necesaria para producir una copa de vino X en toda la cadena de suministro. Por otro lado, la huella hídrica de un individuo puede medirse en [m3/año], representando la cantidad de agua consumida a lo largo del tiempo.

Ejemplos:


Este indicador puede apoyar mejoras eficientes en las gestiones de agua y ser un buen soporte para tomar conciencia acerca de nuestros consumos hídricos.
¿Dá para pensar o no? Cuidemos el agua.
Alvaro Pinto.


COMO SE ESTÁ VIENDO AFECTADA LA SALUD DE LA POBLACIÓN DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN CON LA EMISIÓN DE CONTAMINATES A LA ATMOSFERA

La calidad del aire en muchas ciudades, principalmente en las capitales en vias de crecimiento rapido, estan aumentando su participación en los problemas de contaminación del aire a nivel mundial. En America Latina encabezan la problematica Rio de Janeiro, Sau Paulo y Santiago, con promedios anuales de SO2 , PST, CO Y NOX por encima de los valores guías fijados por la OMS para estos contaminantes; en el limite de estos valores se encuentra la ciudad de Medellin, un caso particular que preocupa a las autoridades puesto que a pesar de que esta ciudad a alcanzado un alto nivel de desarrollo en los últimos años, su extencion territorial y poblacional no es tan representativa en en comparación con estas otras metrópolis con niveles de contaminación similares.

La problemática de la ciudad de Medellín esta enmarcada por factores geográficos y climáticos que favorecen la contamina ción atmosferica. La zona metropolitana de Medellin es un plano inclinado que desciende desde 1800 a 1500 m de altura sobre el nivel del mar y es circundado por 7 montañas con alturas que van desde 3100 – 2400 msnm. Debido a estas características la concentración de oxigeno esta disminuida en un 23% en relación con el nivel del mar, y esto, a su vez reduce la eficiencia de los motores de combustión interna, aumenta la concentración de contaminantes y favorece la exposición a radiaciones capaces detrasformar los contaminantes primarios en ozono y otros oxidantes.

Además la dirección de los vientos predominantes, de noreste a suroeste, hace que la mayor concentración de contaminantes este en la zona sur de la ciudad, en donde el Alto Padre Amaya (3.100 msnm) obstaculice su disipación. Estas características generan un aumento resultante en la concentración de los contaminantes que causan daño a la salud.

Esta situación particular explica porque esta ciudad posee dicha problemática a pesar de su tamaño, pero que es muy asimilable a la de la ciudad de Santiago y Ciudad de México que con topografias semejantes tienen problemas considerables de contaminación y altos indices de enfermedades producto de dicha contaminación. Es por ello que mostrando este caso particular de la ciudad de Medellin se puede tener una idea de la problemática que pueden estar afrontando estas ciudades.

Las múltiples actividades industriales y de transporte que se realizan en la ciudad de Medellín emiten a la atmósfera cantidades de contaminantes que estan afectando desfavorablemente la calidad del aire que respiran sus habitantes. Analisis realizados a la calidad del aire en Medellín y su área metropolitana en el período 2009-2011, arrojaron concentraciones de partículas en suspensión total (PST) y de partículas respirables (PM10) que se encuentran elevadas a niveles que exceden en 100-200% los límites deprecaución definidos por la Organización Mundial de la Salud con tendencia a empeorar a medida que crece la densidad vehicular. También hay presencia de otros gases contaminantes en concentraciones menores. (Bedoya & Martínez, 2011)

El incremento de los casos de morbilidad en los últimos años indica además que la contaminación atmosférica está afectando el bienestar de la población, las consultas reportadas por la secretaria de salud de Medellín a 2009 eran 5.5 veces la que presentaban a 2003 y para 2011 eran 3.4 veces las reportadas en 2003. Además en la ciudad las autoridades competentes, no están cuantificando el efecto de la contaminación del aire sobre la población a través de estudios epidemiológicos. (Contraloria General de Medellin, 2010)

Este notorio incremento en los casos de morbilidad por infecciones respiratorias agudas, indica que la contaminación atmosférica está afectando la salud de la población; además la insuficiencia de estaciones de monitoreo en diferentes partes de la ciudad y la cobertura total de la medición de parámetros como Monóxido de Carbono y PM10 son insuficientes para dar parte de tranquilidad sobre la calidad del aire.

La industria contribuye fundamentalmente con emisiones de material particulado y oxido de azufre, a través de procesos de combustión, manejo de materiales, fundición y producción de asfalto y otros.

Esta contaminación daña de diferentes maneras la salud de los individuos dependiendo de su nivel de exposición a los contaminantes, de su capacidad y de su resistencia física. Una de las principales molestias ocasionadas por la contaminación del aire, es la irritación de los ojos, debido sobre todo a la presencia de ozono en el aire y de innumerables partículas de polvo en suspensión.

Los contaminantes químicos del aire pueden causar resequedad de las mucosas, irritación y comezón en la piel, así como diversas enfermedades respiratorias, vasculares y cardiacas, disminución de la capacidad de la sangre para transportar sustancias nutritivas y oxígeno al organismo, trastornos digestivos, problemas en huesos y dientes por fluoruros, asma, bronquitis, aumento de la frecuencia de cáncer bronquial y enfisema pulmonar, problemas cardiovasculares, como trombosis, coágulos e infartos de gente adulta.

La contaminación atmosférica por partículas en suspensión (dióxido de azufre, ozono o dióxido de nitrógeno) tiene importantes repercusiones en la salud. Por ejemplo, en la Unión Europea se calcula que las partículas en suspensión más pequeñas, material particulado inferior a 2,5 micras (PM2,5), provocan por sí solas una reducción de 8,6 meses en la esperanza de vida del europeo medio. Aunque se considera que las partículas en suspensión son el principal factor de riesgo de la contaminación atmosférica para la salud humana, en las nuevas directrices se recomienda también un nuevo límite diario para el ozono, que pasa de 120 a 100 µg/m3. Lograr estos niveles será todo un desafío para muchas ciudades, sobre todo de los países en desarrollo y, en particular, en aquellas con gran número de días de sol, donde las concentraciones de ozono alcanzan niveles máximos que provocan problemas respiratorios y ataques de asma (Muñoz D & otros, 2010)

Estudios epidemiológicos que se han realizado durante décadas en todo el mundo demostraron que se ha producido un aumento en la mortalidad y en la morbilidad por exposición a altas concentraciones de diversos contaminantes como (SO2, NOX, CO, Y O3) presentes en el aire. Las personas más afectadas son las que trabajan y habitan las zonas cercanas a los puntos de emisión.

En conclusión la contaminación del aire es una amenaza aguda, acumulativa y crónica para la salud humana y otros aspectos del bienestar humano y el ambiente. Los efectos que ésta genera sobre la población no son solamente asunto de pequeñas molestias respiratorias, son también asunto de enfermedad y de muerte. Por lo tanto la implementación de medidas de prevención y control se constituye en un imperativo social que debe abordarse con decisión y compromiso, pues se trata de preservar la salud y la vida de una comunidad involuntariamente expuesta a respirar aire contaminado.

REFERENCIAS.

BEDOYA Julian & MARTÍNEZ Elkin. 2011. Google, academicos. Recuperado el 3 de Julio de 2012, de http://www.revistas.unal.edu.co/index.php/dyna/article/viewFile/10241/10757

MUÑOZ David & otros. 2010. Google, acedemicos . Recuperado el 5 de Julio de 2012, de http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S0120386X2007000200010&script=sci_arttext&tlng=pt

Contraloria General de Medellin. (2010). La contaminación atmosférica está afectando la salud de la población. EL RETO (57), pág 19-21.

VALLEJO Maite & otros. 2002. Efectos de la contaminación atmosferica en la salud y su importancia en la Ciudad de México.

Aporte: PAOLA ALEJANDRA MORALES